En la sesión pública del día de hoy la Sala Regional revocó parciamente la resolución del Instituto Nacional Electoral, que impuso sanción de pérdida de registro de diversas candidaturas en virtud de irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña al cargo de diputaciones federales correspondientes al proceso electoral federal ordinario 2020-2021.
Ello, pues si bien, la pérdida o cancelación del registro es una consecuencia que se ajusta a los parámetros constitucionales, lo cierto es que de una interpretación conforme de los numerales 229 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, tal consecuencia no puede interpretarse de manera literal, de manera que restrinja el derecho al sufragio pasivo, ni la sanción puede aplicarse en automático.
Por lo que, la responsable deberá calificar nuevamente la falta cometida por los precandidatos investigados y realizar la individualización correspondiente para determinar la sanción que resulte adecuada. (SG-RAP-27/2021).
En dicha sesión, se resolvieron tres juicios ciudadanos y dos recursos de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx
LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESOLVIÓ ASUNTOS SOBRE SANCIONES Y REGISTROS DE CANDIDATURAS PROPUESTAS POR MORENA
Comentarios con tu cuenta de facebook