Intromisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el proceso electoral de Tamaulipas

PLUMA BLANCA

Por: Lic. Silvia García

Desatinada la decisión del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, de incluir en la lista de asuntos para su resolución en sesión pública ordinaria de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el próximo miércoles 1 de junio del 2022, los expedientes 50/2021 y 70/2021, que se refieren al dictamen en el procedimiento de declaración de procedencia y a la solicitud de la orden de aprehensión del Gobernador de Tamaulipas.
Lo que a simple vista parece solo el cumplimiento de un deber constitucional de resolver los asuntos sometidos a su jurisdicción, por las particularidades del caso la resolución de estos asuntos puede tener efectos de intromisión indebida en el proceso electoral para la elección de gobernador en el Estado de Tamaulipas.
Resulta impertinente la discusión de estos asuntos la próxima semana, ya que el Estado de Tamaulipas se encuentra inmerso en un proceso electoral para elegir al próximo titular del Ejecutivo; las elecciones se llevarán a cabo el próximo 5 de junio del año en curso, y el sentido en que se resuelvan esos expedientes puede influir en el resultado de las elecciones, cualquiera que sea el sentido ya sea a favor o en contra del actual Gobernador, pues evidentemente puede favorecer o perjudicar a los candidatos a Gobernador en cuanto a la intención del voto de los ciudadanos Tamaulipecos.
Desde luego que no existe imposibilidad jurídica para que los asuntos se resuelvan, pero entre los principios y valores que rigen la actuación de los juzgadores se encuentran no solo la autonomía, independencia, objetividad e imparcialidad que deben tener los señores Ministros, sino que también es parte de la ética judicial la “prudencia” como una virtud natural de las personas dedicadas a la impartición de justicia.
El Poder Legislativo del Estado de Tamaulipas, promovió la controversia constitucional 50/2021 desde el 3 de mayo del 2021. La pregunta es ¿por qué la resolución de los asuntos en este momento? si podían haberse resuelto hace tiempo ¿qué necesidad de resolveros justo ahora cuando faltan unos días para la celebración de las elecciones en el estado de Tamaulipas? Sin especular sobre el
Lic. Silvia García Herrera
Pluma Blanca de Tamaulipas.
motivo real que tengan los ministros para discutir los asuntos el próximo primero de junio del 2022, claramente se puede entender como una intromisión en el resultado del proceso electoral tamaulipeco
Cualquiera de los Ministros integrantes de esa Sala puede solicitar el aplazamiento de la resolución; y en nada se afecta a la sociedad si se decide resolver los asuntos hasta pasadas las elecciones. En cambio, si se resuelven, dada la cercanía de la votación, el sentido de esas sentencias puede influir en el ánimo del voto de la ciudadanía tamaulipeca; y con ello inclinar la balanza del triunfo hacia el lado de quien salga mejor posicionado en esa resolución, pues son asuntos de gran relevancia sobre el procedimiento de declaración de procedencia, el alcance de las resoluciones del Congreso de la Unión y del Congreso Estatal en este procedimiento, acorde a lo dispuesto en el artículo 111 párrafo Quinto de la Constitución Política de los Estados Mexicanos. Y en otro tema no menos importante, se trata si la Fiscalía Federal puede emitir orden de aprehensión contra un servidor público que aún tiene fuero (inmunidad procesal).
En este momento lo que debe prevalecer es el principio de equidad en las elecciones; y en caso de que la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, resuelva estos expedientes, su decisión puede influir en el sentido del voto, afectándolo imprudentemente por quienes deberían tener el más elevado principio de justicia y no procurar su intromisión en asuntos políticos.
Aplican los dichos populares:
“Nunca es más grande el hombre que cuando reconoce sus errores y pequeñeces y los enmienda sin dilaciones”. y “Recuerda que en política no hay amigos sino cómplices”.

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